Gallardón confirma el retroceso en el derecho al aborto

El ministro explicó que "la última reforma del PSOE obvió que el concebido tiene derecho a la protección" y afirmó que esa consideración ya la fijó el Tribunal Constitucional cuando se pronunció obre este asunto tras la aprobación de la ley original de 1985. Así, según señaló, "siempre el concebido y no nacido es sujeto de protección jurídica", aunque esto "no significa de ninguna de las formas que en todos los supuestos la interrupción voluntaria de embarazo vaya a suponer un reproche penal".

Además, aseguró que el PP no tiene intención de esperar a que el Constitucional se pronuncie sobre el recurso de inconstitucionalidad que plantearon contra la norma porque "ya se ha pronunciado", aunque "muchas veces se obvia". Gallardón se refería así a la sentencia dictada por el Constitucional en 1985 en relación a la normativa en materia de aborto aprobada aquel mismo año, que, según ha dicho, "marcó claramente que la despenalización, es decir, el supuesto de interrupción del embarazo, no podía suponer en ningún caso la desprotección de los derechos que el concebido y no nacido tiene reconocidos por la propia Constitución".

Derecho a decidir

La Ley de Salud Sexual y Reproductiva de 2010 confirma el derecho de todas las mujeres a interrumpir su embarazo de forma voluntaria durante las primeras 14 semanas. A partir de ese momento, establece los supuestos en que el aborto es legal. Hasta las 22 semanas en el caso de grave peligro para la salud o la vida de madre, o de que el feto sufra graves malformaciones. A partir de ese momento sólo se podrá interrumpir el embarazo en el caso de que el feto sufra anomalías que vayan a impedir su vida, o que supongan una enfermedad grave incurable, y siempre por determinación médica.

Por otro lado, las jóvenes podrán abortar desde los 16 años sin necesidad del consentimiento familiar, punto que hasta el último momento ha encontrado mayor controversia. Sí contempla que se informe por lo menos a uno o una de los y las progenitores o tutores y tutoras legales. Se permite saltar esta norma en el caso de que la menor presente un entorno familiar problemático, en el que tal conocimiento pueda conducir a coacciones, maltrato, violencia o situación de desarraigo.

Además, la ley contempla que la interrupción del embarazo pueda realizarse en los centros de la Seguridad Social para todos los supuestos. La objeción de conciencia del personal profesional queda reflejada como un derecho más del texto, siempre sin menoscabar el derecho a la atención asistencial.

Para numerosas personas expertas y organizaciones de mujeres la ley anterior, la de 1985 – a la que quiere volver el PP- es “hipócrita”. Así lo asegura por ejemplo Teresa Nevado, presidenta de la Agrupación de

Madrid del Forum de Política Feminista. “Respondía a una total hipocresía. Las mujeres abortaban pero había que disfrazar las interrupciones con causas variadas”, asegura. De hecho, más del 95 por ciento de los abortos acogidos a la ley anterior, la de 1985, se acogían al supuesto de riesgos psíquicos.

La actual ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo es “mejor” en opinión del forum ya que coloca el derecho de la mujer a decidir en el centro. Además, el número de abortos descendió y se mantiene estable.

É evidente o retroceso nos dereitos adquiridos, cabía agardar que ía suceder algo similar, pero o que me parece máis grave é as poucas voces que se escoitan en contra de tamaño retroceso….tantos anos loitando por conseguir dereitos para as mulleres, resúmense nunha involución case que por decreto e non pasa nada, agochamola cabeza e a seguir…seguir, cara a onde????. podemos esperar calquera cousa detrás de decisións deste tipo, nin ciudadanía, nin dereito ao aborto, a xustiza privatizada….que máis podemos agardar???'…..

G.D.T.

Fotos archivo AmecoPress